Registro de jornada en bares y restaurantes: guía práctica

Actualizado el · Equipo de dosmesas

Desde 2019, toda empresa en España debe registrar la jornada diaria de sus trabajadores. En hostelería, con turnos partidos y cierres de madrugada, conviene tenerlo bien resuelto antes de una inspección.

Qué hay que registrar

  • La hora de inicio y de fin de la jornada de cada trabajador, cada día.
  • Es recomendable anotar también las pausas, para distinguir tiempo de trabajo y descanso.
  • Las correcciones deben dejar rastro: quién, cuándo y por qué.

Cuánto tiempo se conserva

Los registros deben conservarse cuatro años y estar a disposición de los trabajadores, sus representantes y la Inspección de Trabajo.

Casos propios de hostelería

  • Turnos partidos: dos entradas y dos salidas el mismo día.
  • Cierres de madrugada: la jornada que acaba después de medianoche pertenece al día en que empezó.
  • Plantilla que rota: cada persona debe poder ver sus propias horas.

Papel, hoja de cálculo o fichaje digital

Se puede llevar en papel, pero es fácil que falten datos y cuesta consultarlo por persona o por mes. Un fichaje digital en el móvil o en una pantalla del local ahorra tiempo y deja el historial ordenado.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio en bares pequeños?

Sí, la obligación alcanza a todas las empresas, también a las de pocos empleados.

¿Vale con una hoja firmada a final de mes?

No es lo recomendable: el registro debe ser diario y fiable. Consulta tu convenio y a tu asesor laboral.

Hazlo sin complicarte

En España todas las empresas deben registrar la jornada de sus trabajadores y conservarla cuatro años. Con dosmesas tu equipo ficha desde el móvil o desde una pantalla del local, y tú tienes el registro listo para una inspección.

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