Registro de jornada en bares y restaurantes: guía práctica
Actualizado el · Equipo de dosmesas
Desde 2019, toda empresa en España debe registrar la jornada diaria de sus trabajadores. En hostelería, con turnos partidos y cierres de madrugada, conviene tenerlo bien resuelto antes de una inspección.
Qué hay que registrar
- La hora de inicio y de fin de la jornada de cada trabajador, cada día.
- Es recomendable anotar también las pausas, para distinguir tiempo de trabajo y descanso.
- Las correcciones deben dejar rastro: quién, cuándo y por qué.
Cuánto tiempo se conserva
Los registros deben conservarse cuatro años y estar a disposición de los trabajadores, sus representantes y la Inspección de Trabajo.
Casos propios de hostelería
- Turnos partidos: dos entradas y dos salidas el mismo día.
- Cierres de madrugada: la jornada que acaba después de medianoche pertenece al día en que empezó.
- Plantilla que rota: cada persona debe poder ver sus propias horas.
Papel, hoja de cálculo o fichaje digital
Se puede llevar en papel, pero es fácil que falten datos y cuesta consultarlo por persona o por mes. Un fichaje digital en el móvil o en una pantalla del local ahorra tiempo y deja el historial ordenado.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio en bares pequeños?
Sí, la obligación alcanza a todas las empresas, también a las de pocos empleados.
¿Vale con una hoja firmada a final de mes?
No es lo recomendable: el registro debe ser diario y fiable. Consulta tu convenio y a tu asesor laboral.
Hazlo sin complicarte
En España todas las empresas deben registrar la jornada de sus trabajadores y conservarla cuatro años. Con dosmesas tu equipo ficha desde el móvil o desde una pantalla del local, y tú tienes el registro listo para una inspección.
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